Medi Ambient acepta, con el aval de los servicios jurídicos, sumar los 78 días que duró el estado de alarma a los plazos previstos inicialmente
La venta, distribución y uso de productos desechables estará prohibida en las Islas Baleares desde el 20 de marzo de 2021 en vez del 1 de enero de 2021, tal como preveía la Ley de Residuos y Suelos Contaminados. El cambio se materializa una vez que el Parlamento de las Islas Baleares ha aprobado el Proyecto de Ley para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa para paliar los efectos de la crisis de la COVID-19.
La Dirección General de Residuos había incluido esta medida en el Decreto 8/2020 que precedió la Ley después de haber estudiado, con las consultas jurídicas pertinentes, la petición hecha, en este sentido, por varias asociaciones de los sectores afectados.
Las peticiones llegaron en pleno estado de alarma argumentando que la suspensión de la libre circulación de equipamientos y personas afectaban a procesos como el de la adaptación y homologación de la maquinaria necesaria para producir en las nuevas condiciones estipuladas por la Ley. El contexto excepcional generado por la situación sanitaria generó, además, unas grandes acumulaciones de stock cuya comercialización se podría ver comprometida si no se ampliaban los plazos previstos con el consecuente perjuicio económico que habría que añadir a la ya delicada situación generada por la pandemia.
Finalmente, se ha tenido en cuenta también que muchas empresas se vieron obligadas a parar la actividad completamente o que estaban en procesos de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE). Así, una vez consultados los servicios jurídicos y también entidades sociales que han asesorado en la elaboración de la Ley, la Conselleria de Medi Ambient i Territori ha considerado razonable aplazar 78 días (los mismos que duró el estado de alarma) la entrada en vigor de algunos de los artículos más emblemáticos de esta Ley pionera.
Concretamente, los apartados 1 de los artículos 23 y 24 y los apartados 2 y 6 del artículo 25, que tenían que entrar en vigor el 1 de enero de 2021 son los que pasan a hacerlo el 20 de marzo. En estos artículos se regulan varios aspectos relacionados con los productos desechables como la venta, distribución y uso de platos, cubiertos, vasos, tazas y bandejas alimentarias desechables hechos de plástico, así como las anillas de plástico de paquetes de bebidas.
Se aplica el mismo criterio para todas aquellas medidas que se tenían que aplicar desde los ayuntamientos desde el 22 de febrero de 2021, y que, finalmente, entrarán en vigor el 11 de mayo de 2021.
El director general de Residuos y Educación Ambiental, Sebastià Sansó, ha querido dejar bien claro que «los objetivos de la Ley 8/2019 siguen intactos» y ha anunciado que ya están casi terminadas las guías interpretativas de la normativa que se han elaborado para un mayor conocimiento de la ciudadanía, administraciones públicas, distribución y sector HORECA, y donde las nuevas fechas de entrada en vigor estarán actualizadas.