El decreto que regulará el alquiler vacacional entra en fase previa de aprobación

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Cuando finalice el trámite ambiental, se podrá aprobar en el Pleno del Consell, de manera definitiva

El Departamento de Territorio e Infraestructuras ha hecho llegar el documento de la zonificación del alquiler vacacional a la Comisión Balear de Medio ambiente (CBMA) para llevar a cabo la tramitación ambiental. Este órgano dispone de un mes para elaborar el informe y una vez realizado, se aprobará, definitivamente, en el Pleno del Consell de Mallorca.

En total, se presentaron 26 informes de los ayuntamientos y se recibieron 43 alegaciones de particulares, empresas y entidades. Después de haberlo analizado todo, se han incluido directamente aquellas medidas de los consistorios municipales que eran más restrictivas y se han estudiado las que presentaban actuaciones más permisivas.

Núcleos de litoral

En cuanto a los núcleos costeros turísticamente maduros, sólo se permiten las Estancias Turísticas en Viviendas (ETH) de 60 días, siempre y cuando se trate de la vivienda habitual. Sin embargo, en S’Arenal de Llucmajor estarán permitidas sólo a los unifamiliares según la propuesta del ayuntamiento.

En los núcleos que no se consideraban saturados, también se incluyen cambios en el puerto de Sóller puesto que en el centro histórico sólo se podrá alquilar a turistas en la vivienda habitual con un máximo de 60 días.

En Playas de Muro, la propuesta municipal es que la comercialización estará prohibida en los plurifamiliares. Además, ses Casetes des Capellans pasa a ser zona de exclusión y las ETH quedan prohibidas.

Núcleos de interior

También se modifican algunas apreciaciones de los núcleos de interior. Aparte, también se cambia la nomenclatura de núcleos de interior maduros a vulnerables.

Para aquellos que se consideran pequeños porque disponen de menos de 100 viviendas, se ha eliminado el indicador número 3 que hacía referencia a las viviendas vacías. Esta decisión se ha tomado puesto que se ha comprobado que los resultados no se ajustaban a la realidad. De este modo, los núcleos que se encontraban en la zona 3 (vulnerables) que pasan a la 4 (no vulnerables) son S’Esgleieta (Esporles), Ruberts (Sencelles), Es Carritxó (Felanitx) y ses Coves (Deià).

Por otro lado, también se ha disminuido el umbral que separaba los núcleos vulnerables de los no vulnerables pasando de 22,5 a 15 puntos. Con este cambio, Arianyes Llombards(Santanyí) y Randa (Algaida) dejan de ser vulnerables.

Las características de cada zona se mantienen de la misma forma. Así, en los núcleos de interior no vulnerables se permiten todas las tipologías de alquiler vacacional mientras que en los vulnerables sólo se permiten las ETH de 60 días en plurifamiliares y unifamiliares en vivienda habitual.

En el caso de Marratxí, aplicando las consideraciones más restrictivas, la modalidad de ETH de 365 días sólo se permitirá a los unifamiliares puesto que en los plurifamiliares será de máximo 60 días. En cualquier caso, Marratxinet continuará con los mismos parámetros puesto que sigue siendo considerado como núcleo vulnerable. En el municipio de Muro, sólo está permitido el alquiler vacacional en los unifamiliares.

Los núcleos que no sufren cambios y seguirán considerados como vulnerables son Alcúdia, BanyalbufarPort des Canonge (Banyalbufar), Orient (Bunyola), Ullaró (Campanet), DeiàLlucalcari (Deià), San Cala (Deià), s’Empaltada (Deià), EstellencsFornalutxMarratxinetPollençaEs Vilà (Pollença), La Font (Pollença), Santanyí, Ses SalinesSóller, Biniaraix (Sóller), l’Horta (Sóller), ValldemossaEs Port de ValldemossaS’Arcxiduc (Valldemossa) y Son Ferrandell (Valldemossa). E estos, se permiten las ETH de 60 días en la vivienda habitual, tanto unifamiliares como plurifamiliares

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