La Policía Local de Calvià está vigilando que la publicidad dinámica ejercida de manera manual u oral en el término se lleve a cabo según la ordenanza municipal y el decreto aprobado el pasado 8 de mayo. En la última semana se han sancionado a 15 relaciones públicas por realizar publicidad oral sin licencia de diez establecimientos diferentes, además se han interpuesto 7 denuncias más por depositar folletos publicitarios en la vía pública. Las sanciones en ambos casos se consideran graves y van de 601 a 6.000€.
Todos los expedientes han sido comunicados a Inspección de Trabajo para que se compruebe si existe relación laboral legal entre los tiqueteros y la empresa para la que ejercían la actividad. Cabe recordar que el Consulado Británico ha realizado recientemente una campaña alertando a sus ciudadanos de las ofertas engañosas para trabajar como relaciones públicas durante la temporada turística en Mallorca.
El año pasado en total se pusieron 25 denuncias por infracción a la Ordenanza de Publicidad. Mientras, este año, en sólo la última semana se han interpuesto 22 multas, ya que se han incrementado los controles por parte de la Policía Local. Además, en comparación con la temporada de 2017, se ha reducido el horario en zonas comunes, y el Ajuntament de Calvià ha optado por eliminar algunos puntos de distribución de Magaluf, Santa Ponça y Peguera.
Para esta temporada de verano se ha delimitado que se puede ejercer la publicidad dinámica de discotecas, salas de baile, salas de fiesta y análogas solo en cuatro zonas de Magaluf situadas en tres intersecciones y una rotonda, además de un punto en Santa Ponça y otro en Peguera. Para estos establecimientos, los tiqueteros tienen que llevar el chaleco azul marino reglamentario y ejercer como máximo en horario de 18h a 04h. El resto de establecimientos sí pueden realizar promoción dinámica delante de sus fachadas. El horario para ejercer este tipo de difusión publicitaria es más restringido, de 20 a 2h. En estos casos, los tiqueteros tienen que llevar un chaleco azulina que suministra el Ajuntament después de conceder la licencia.
La publicidad dinámica en las Illes Balears está regulada por la Ley 5/1997, y establece que los consistorios tienen competencia para regular otorgar las licencias, así como establecer el número máximo de agentes permitidos, delimitar las zonas donde se puede ejercer y el horario.