Esta semana finaliza el plazo que los locales tenían para adaptar los limitadores de sonido a lo que marca la Ordenanza municipal. La instalación de los limitadores viene recogida en la Ordenanza municipal de protección del medio ambiente contra la contaminación por ruidos y vibraciones, aprobada en el año 2014. En la disposición transitoria segunda se establece que “los equipos limitadores actualmente instalados y autorizados deberán adaptar sus características a las exigencias de esta Ordenanza en el plazo máximo de tres años a partir de la vigencia de esta modificación”, por lo que los establecimientos han tenido un plazo de tres años para adaptarse a los nuevos limitadores cuyas características vienen recogidas en el artículo 45 de la Ordenanza municipal. El Ajuntament de Calvià calcula que más de un 40 por ciento de los locales de ocio han adaptado los limitadores de sonido que marca la norma.
El Ayuntamiento asegura que la adaptación a los nuevos limitadores no modifica, en ningún caso, el límite de decibelios permitidos, “simplemente la norma aprobada hace tres años obliga a instalar aparatos que, entre otras características, disponga de un sistema de verificación que permita detectar posibles manipulaciones tanto del equipo musical como del equipo limitador (Art. 45)”.
Ante la inminente finalización de los tres años de plazo que la normativa ofrecía a los locales para su adaptación, el Ajuntament de Calvià recuerda que los establecimientos deben cumplir con la normativa y el consistorio tiene la obligación de hacerla cumplir.
El Ajuntament de Calvià asegura que “se debe velar por la convivencia de los espacios residenciales y los espacios de ocio. El objetivo final es hacer posible el disfrute del ocio preservando la calidad de vida y el bienestar de los vecinos y su derecho al descanso”.
Enlace a la Ordenanza municipal:
http://calvia.com/servlet/model.web.ShowDoc?
KARXIU=12880&TABLENAME=WEB.DOCUMENTACIO&pageProcessKey=LOADINGDOCUMENT&KDOCUMENTACI