El Govern obligará a bancos y grandes propietarios a alquilar sus pisos vacíos

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El Govern de les Illes Balears ha presentado el texto inicial de la primera Ley de la Vivienda, cuya tramitación se iniciará en breve. La ley, según palabras de la presidenta del Govern, “incorpora aportaciones de las entidades e instituciones que forman parte de la Mesa de la Vivienda y se marca como principal objetivo facilitar el acceso de los ciudadanos a la vivienda”, además de garantizar su permanencia en ella, de manera que se haga efectivo el derecho a la vivienda de la ciudadanía.

El planteamiento de la futura ley, según ha descrito el conseller de Territorio, Energia y Movilidad, “parte de la problemática que ha evidenciado la crisis económica: la soledad y la desinformación que han sufrido muchas personas que se han visto afectadas por desahucios y, paradójicamente, la existencia de un parque de viviendas vacío y creciente en manos de grandes tenedores —especialmente, los bancos y las entidades de carácter inmobiliario—, mientras se dificulta cada vez más el acceso a una vivienda a precio asequible”.

Servicio de acompañamiento al ciudadano en materia de vivienda

Como primera medida, la ley prevé la creación de un servicio de acompañamiento en materia de vivienda, universal y gratuito, para todos los ciudadanos. La función de este servicio, que estará integrado en el Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), es guiar al ciudadano en situaciones de riesgo de pérdida de la vivienda —porque no puede pagar el alquiler o el préstamo hipotecario— y asistirlo con la información que requiera en procesos de compra, alquiler o financiación de la vivienda para la correcta defensa de sus derechos.

vivienda-1Pobreza energética

La ley extiende su protección a los derechos de toda persona a poder disponer de los suministros básicos de agua, gas y electricidad, y fija mecanismos que eviten que se prive de estos servicios a las familias que se encuentren en situación de pobreza energética.

Concretamente, la ley determina que las empresas comercializadoras, antes de ejecutar un corte de suministro, estarán obligadas a solicitar a los servicios sociales del municipio respectivo un informe que especifique si la persona deudora se encuentra en situación de pobreza energética. En este caso, no se podrá realizar el corte y se establecerán los tiempos y canales para solucionar la situación.

Registro de pisos vacíos y obligación de cederlos para alquiler social

La ley pretende tanto facilitar que las familias mantengan su hogar como incrementar la disponibilidad de viviendas de alquiler a precio asequible —alquiler social— en la comunidad autónoma balear.

vivienda-tapiadaAsí, una de las principales medidas de la ley es la obligación de los grandes tenedores de inscribir las viviendas vacías de que dispongan en el Registro de viviendas desocupadas, bajo la advertencia de una sanción en caso de que no lo cumplan.

Se considera que son grandes tenedores las personas físicas y jurídicas que, directa o indirectamente, participan de manera activa en el mercado de la vivienda y tienen diez viviendas o más en propiedad, alquiler o usufructo. Tienen que desarrollar una actividad económica con las viviendas; no basta la mera tenencia.

Desocupada se considera la vivienda, a efectos de las obligaciones derivadas de esta ley, que lleve un mínimo de dos años desocupada.

Como segunda medida para obtener más viviendas, la ley refuerza el programa de cesión voluntaria de viviendas de particulares a cambio de su reforma, una línea de trabajo que ya ha iniciado el IBAVI para tener más pisos de alquiler social.

Además de ceder las viviendas vacías, los grandes tenedores también tendrán que ofrecer a las personas que se encuentren inmersas en un proceso de desahucio hipotecario la posibilidad de quedar en la casa pagando un alquiler social, o una alternativa habitacional.

 

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